Consulta cuánto debe una persona por concepto de pensiones alimenticias a través del Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA) del Consejo de la Judicatura del Ecuador.
La entidad encargada de la administración, recaudo y pago de la pensión alimenticia es el Consejo de la Judicatura.
La Pensión Alimenticia es una obligación económica que adquiere uno de los cónyuges para sostener las condiciones de manutención y cuidado de los hijos (y en ocasiones del otro cónyuge). La responsabilidad incluye: Alimentación, Vivienda segura, Educación, Salud, Vestimenta, Entre otros derechos primordiales.
Consulta de Pensiones Alimenticias
El SUPA se actualiza cada año tomando en cuenta los cambios en el salario básico unificado vigente, de esta forma el deudor no tiene que realizar ningún otro trámite más que depositar el pago de la pensión.
Para consultar si has recibido el pago correspondiente, o si el alimentante está al día:
- Ingresa a la plataforma del SUPA (clic aquí).
- Elige el método de busca y completa los campos.
- Clic en Buscar.
Videotutorial
Código SUPA
Esta tarjeta se la obtiene una vez se haya interpuesto el juicio de alimentos, y sirve para ingresar al SUPA y realizar la consulta de saldo de las pensiones o realizar los pagos en los bancos.
Un alimentista puede tener varios códigos de tarjeta si inició varios juicios en contra de diferentes alimentantes. De ser el caso, todos estos código estarán ligados a una solo cuenta bancaria.
Mira también: Consultar demanda de alimentos
¿Cuánto debo de Pensión Alimenticia?
A través de la Tabla de Pensión Alimenticia, usted puede realizar el cálculo del porcentaje que le corresponde pagar por hijos.
Por ejemplo:
1) Recibe un sueldo básico y tiene dos hijos menores de 1 y 2 años de edad.
En este caso, ud. se encuentra en el Nivel 1 de la tabla. Como tiene dos hijos y las edades del alimentado son menores de tres años, el porcentaje de pago es 39,73% de su salario.
(400 x 39,73)/100 = $158,92 en total
158,92/2 (hijos) = $79,46e por cada hijo.
2) Recibe $400 y tiene un hijos de 4 años con discapacidad grave.
En este caso, se encuentra en el Nivel 1. Como tiene un hijo mayor de tres años, se aplica el porcentaje de 29,50% + otro porcentaje de 5,23% de un SBU porque el hijo tiene discapacidad grave.
(400 x 29,50) /100 = $118
(400 x 5,23) = $20,92 por discapacidad
Total: $138,92 de pensión alimenticia
Pago de pensión alimenticia SUPA
El pago se realiza en la cuenta bancaria del alimentista. Es decir, el alimentante debe acercarse a la ventanilla del banco correspondiente, presentar su cédula de identidad y código de tarjeta SUPA e indicar el número de cuotas a pagar.
Los pagos se pueden realizar en efectivo o con cheque certificado, y siempre deben ser dentro de los primeros 5 días de cada mes.
Las agencias donde se realiza el trámite son:
- Banco Pacífico y redes asociadas.
- Sucursales del Banco Nacional de Fomento.
- Cooperativas asociadas a la Red Transaccional Cooperativa S.A.
¿Qué sucede si me atraso en los pagos?
Si el alimentante se atrasa más de un mes, puede tener las siguientes sanciones:
- Prohibición de salida del país.
- Registro en la Central de Riesgos y la web del Consejo de la Judicatura.
- No podrá ser candidato a ninguna dignidad de elección popular ni ser designado para ocupar cargos públicos.
- No podrá vender o transferir bienes muebles o inmuebles.
Sobre la pensión de alimentos
¿Quiénes tiene derecho a recibir la pensión alimenticia?
De acuerdo al Art.4 del Código de la Niñez y Adolescencia, tienen derecho a recibir la pensión alimenticia: Los menores de edad hasta que cumplan 18 años; los adultos hasta cumplir los 21 años y que demuestren que están cursando estudios que les impida dedicarse a una actividad productiva y carezcan de recursos propios y suficientes; mujeres embarazadas; las personas de cualquier edad que padezcan de una discapacidad o que sus circunstancias físicas o mentales les impida obtener recursos para subsistir por sí mismas.
¿Quiénes pueden solicitar la pensión de alimentos?
El padre o la madre que está a cargo del cuidado del menor o del adulto incapacitado; la persona que ejerza la representación legal del menor en caso de que no esté bajo el cuidado de sus padres; los adolescentes mayores de 15 años de edad cuando se les ha vulnerado su derecho a la alimentación.